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El día 5 de febrero de 2010 se publicó la Resolución de Carrera Profesional ( repesca ) para varias categorías de Técnicos Superiores y Técnicos Sanitarios. PLAZO:  Este plazo es para todos aquellos profesionales que, en el momento de la entrada en vigor del Acuerdo sobre materia de política de personal para el período 2006-2008, de 16 de mayo de 2006, fecha de publicación en BOJA 31 de Julio de 2006, reunieran los requisitos establecidos en el punto 4.1.3. de dicho Acuerdo, y no solicitaron el acceso con carácter excepcional al modelo de Carrera Profesional en los plazos y de conformidad con lo establecido en la convocatoria. REQUISITOS: - Tener la condición de personal estatutario fijo o funcionario sanitario local integrado en EBAP, del Servicio Andaluz de Salud en la categoría en la que solicita y estar en situación de activo. No obstante, a efectos de acceso a los distintos niveles en cuanto a tiempo de permanencia, se tendrán en cuenta el tiempo trabajado con carácter temporal previo a la obtención de la fijeza en la plaza.
- Podrá igualmente optar a la Carrera Profesional el personal interino del Servicio Andaluz de Salud, que habiendo prestado al menos cinco años de servicios efectivos y continuados en la correspondiente categoría, no haya tenido opción de presentarse a ningún proceso selectivo definitivo de dicha categoría convocado por el SAS.
- Tener acreditados al menos 5 años de servicios efectivos en la categoría/especialidad a la que se opta, para alcanzar el primer nivel retribuido (nivel II).
- No pertenecer a categorías declaradas a extinguir, siempre y cuando se le haya ofertado al personal con plaza en las mismas la posibilidad de integrarse en otras categorías.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 1. Las personas interesadas presentarán su solicitud a la persona titular de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, preferentemente a partir del registro telemático de la Junta de Andalucía, a través de internet en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud. 2. Para realizar dicha inscripción el profesional deberá acreditarse a través de la firma electrónica o de un código de usuario y clave de acceso, de conformidad con lo establecido en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, que regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet). 3. El plazo de inscripción de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Fecha Finalización (7/3/2010). Adjuntamos Resolución de Convocatoria.
Adjunto 1: Microsoft_Word_-_Resolucion_convocatoria.pdf
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